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Henostroza Global Solutions
Especialistas Tributarios · Lima, Perú
El catálogo de infracciones tributarias del Código Tributario peruano es extenso. Pero en la práctica cotidiana de las MYPE, hay un conjunto reducido de multas que se repiten con una frecuencia alarmante — multas que en su mayoría son perfectamente evitables con sistemas mínimos de control y conocimiento básico de las obligaciones formales. Conocerlas es el primer paso para no pagarlas.
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NO PRESENTAR DECLARACIONES EN EL PLAZO ESTABLECIDO: La más común de todas. Multa equivalente al 50% de la UIT para MYPE (hasta S/2,750 en 2026). Solución: programar un recordatorio mensual en el calendario dos días antes del vencimiento, o contratar un servicio de gestión de declaraciones.
NO EMITIR COMPROBANTE DE PAGO AL REALIZAR UNA VENTA: Multa de 1 UIT (S/5,500) o cierre del local en reincidencia. Solución: política interna de emisión de boleta/factura por cada transacción, sin excepciones.
EMITIR COMPROBANTES SIN LOS REQUISITOS FORMALES: Facturas o boletas con datos incorrectos, sin el IGV discriminado o sin la información requerida. Multa del 25% de la UIT. Solución: verificar el formato correcto de los comprobantes electrónicos y no personalizar manualmente datos que el sistema debe generar.
NO LLEVAR LIBROS O REGISTROS EXIGIDOS: Multa del 0.6% de los ingresos netos del ejercicio. Para muchas empresas, esta multa resulta mayor que la de no declarar. Solución: implementar los libros electrónicos exigidos según el régimen y nivel de ingresos.
LLEVAR LIBROS CON ATRASO SUPERIOR AL PERMITIDO: Multa del 0.3% de los ingresos netos. El SIRE tiene plazos específicos de registro. Solución: proceso mensual de registro dentro de plazo.
NO PAGAR DENTRO DE LOS PLAZOS LOS TRIBUTOS RETENIDOS: Multa del 50% del tributo no pagado — más intereses del 0.9% mensual. Aplica a retenciones de quinta categoría y agentes de retención del IGV. Solución: calendario de pagos con recordatorio previo al vencimiento.
PRESENTAR DECLARACIONES CON DATOS INCORRECTOS: Multa del 50% del tributo omitido o del crédito indebido. Frecuente cuando el contador comete errores en las declaraciones. Solución: revisión de consistencia antes de presentar.
NO INSCRIBIRSE EN LOS REGISTROS DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: Operar sin RUC cuando se está obligado. Multa de 1 UIT más obligación de regularizar. Solución: tramitar el RUC antes de iniciar operaciones, no después.
NO CONSERVAR LIBROS Y DOCUMENTACIÓN: La documentación contable debe conservarse durante el plazo de prescripción (4 a 10 años según el tipo). Multa del 0.3% de los ingresos netos. Solución: sistema de archivo digital y físico con retención mínima de 5 años.
NO COMPARECER ANTE SUNAT CUANDO ES CITADO: La citación de SUNAT es una obligación formal. No presentarse genera multa del 50% de la UIT y puede derivar en fiscalización ampliada. Solución: nunca ignorar una notificación de SUNAT — si no puedes atenderla, tramita una prórroga con asesoría profesional.
Un dato relevante: todas estas multas tienen régimen de gradualidad. Si la subsanación es voluntaria — antes de que SUNAT notifique formalmente — las reducciones pueden ser del 90% al 95% sobre el valor de la multa. Si esperas a que SUNAT te detecte, la multa se paga casi íntegra. La diferencia entre actuar hoy y esperar puede ser de S/5,000 en cada infracción.
En Henostroza Global Solutions realizamos un diagnóstico de infracciones potenciales en tu empresa y te ayudamos a subsanarlas voluntariamente — antes de que SUNAT las encuentre. Primera consulta gratuita.
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Especialistas en tributación y defensa ante SUNAT · Lima, Perú · Fundada 2018
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