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Henostroza Global Solutions
Especialistas Tributarios · Lima, Perú
El Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) fue diseñado para el empresario más pequeño: el bodeguero, el artesano, el vendedor de mercado, el prestador de servicios básicos que quiere estar formal sin enfrentar la complejidad del sistema tributario general. Una cuota mensual fija — S/20 o S/50 según la categoría — cubre el IGV y el Impuesto a la Renta. Sin declaraciones complejas, sin libros electrónicos, sin auditorías preventivas. Es la entrada más amable al sistema tributario formal. Pero tiene límites que, cuando se superan sin planificación, generan problemas serios.
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CATEGORÍA 1 — S/20 MENSUALES: Para negocios con ingresos o compras mensuales de hasta S/5,000. Es la categoría más común entre microempresarios, bodegas pequeñas, vendedores ambulantes formalizados y prestadores de servicios personales de bajo volumen.
CATEGORÍA 2 — S/50 MENSUALES: Para negocios con ingresos o compras mensuales de hasta S/8,000. Cubre un rango más amplio de actividades sin incrementar significativamente la carga tributaria.
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INGRESOS O COMPRAS SUPERIORES A S/96,000 ANUALES (S/8,000 mensuales): Si en cualquier mes del año tus ventas o tus compras superan S/8,000, sales automáticamente del NRUS desde ese mes. Debes migrar al Régimen Especial (RER) o al MYPE Tributario.
EMITIR FACTURAS: El NRUS solo permite emitir boletas de venta y tickets. Si un cliente te pide factura — porque necesita sustentar crédito fiscal de IGV — no puedes emitirla en NRUS. Si lo haces, sales del régimen automáticamente.
TENER MÁS DE UN LOCAL O ESTABLECIMIENTO: Si tu negocio crece y abres una segunda tienda o punto de venta, ya no puedes estar en el NRUS.
REALIZAR IMPORTACIONES: Si importas bienes para venderlos, el NRUS ya no es el régimen adecuado.
ACTIVIDADES EXCLUIDAS: Algunos rubros están excluidos del NRUS por ley — transporte de carga con vehículos mayores a 2 TM, agencias de viaje, publicidad y producción de espectáculos, entre otros.
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Muchos pequeños negocios superan los límites del NRUS sin notarlo — especialmente en meses de alta estacionalidad como diciembre, Fiestas Patrias o campañas escolares. Si en un mes tus ingresos superan S/8,000 y no realizas el cambio de régimen correspondiente, SUNAT te excluye del NRUS de manera retroactiva. Eso significa que las declaraciones que presentaste como NRUS pasan a ser incorrectas, debes presentar las declaraciones del régimen al que debiste migrar, y sobre las diferencias se generan multas e intereses. El cambio de régimen a tiempo — antes de superar los límites — evita todo ese costo.
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El NRUS es óptimo mientras no necesites emitir facturas a otras empresas y tus ingresos sean estables por debajo del límite. Sin embargo, si tu negocio está creciendo, si tus clientes empiezan a pedirte facturas o si estás pensando en comprar insumos en cantidad y quieres recuperar el IGV, el MYPE Tributario puede ser más conveniente — incluso si la cuota mensual es variable. El análisis correcto considera no solo la carga tributaria sino el acceso a crédito bancario (las empresas en NRUS tienen más dificultad para acreditar ingresos ante los bancos) y las posibilidades de crecimiento.
En Henostroza Global Solutions analizamos si el NRUS es el régimen correcto para tu negocio hoy — y cuándo y cómo migrar para que el crecimiento no te genere problemas tributarios inesperados.
Henostroza Global Solutions
Especialistas en tributación y defensa ante SUNAT · Lima, Perú · Fundada 2018
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